Capitulaciones matrimoniales en Cataluña: ¿Por qué firmarlas?

Capitulaciones matrimoniales en Cataluña: ¿Por qué firmarlas?
Bressers Law Derecho de Familia

7 de febrero de 2018

Tomar la decisión de contraer matrimonio implica la toma de otras decisiones importantes para definir cómo se regirá la vida en común de la pareja, y ello toca también el plano económico. Es importante asesorarse siempre y en cualquier caso por un abogado antes de dar el paso, para que ambas partes tengan claras las implicaciones de la unión de cara a su patrimonio. Además, pueden llevarse a cabo acuerdos concretos sobre cómo se dividirán los bienes de ambas partes (con ciertos límites), a través de las llamadas capitulaciones matrimoniales. Hoy analizamos qué son las capitulaciones matrimoniales y cómo funcionan en Cataluña. Si necesitas ayuda o asesoramiento sin compromiso, contacta con nosotros. 

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales? ¿Por qué firmarlas?

En general, decimos que las capitulaciones matrimoniales son acuerdos celebrados antes, en el acto de contraer matrimonio o después de éste, con el fin de regular el régimen económico de su matrimonio o, en general, cualquier otra disposición relacionada, con ciertos límites. Este instrumento se ha convertido en una herramienta imprescindible para cualquier matrimonio, especialmente si hablamos de grandes patrimonios. De esta forma, es fácil prever qué consecuencias tendría una posible separación o divorcio, y de qué forma estará gestionado el patrimonio en la pareja.

Llevar a cabo este trámite no debe concebirse, en contra de lo que suele pensarse, como algo incómodo o fruto de la desconfianza: se trata de que ambas partes se sientan cómodas con las implicaciones de la decisión de llevar a cabo una vida juntos. De otro lado, siempre es mejor negociar de forma amistosa el régimen matrimonial que intentar alcanzar acuerdos en un momento de conflicto, por lo que anticiparse a posibles situaciones futuras menos favorables es siempre una decisión inteligente. Se trata de aportar tranquilidad, y también de evitar rencillas económicas que puedan dificultar la relación más adelante.

Capitulaciones matrimoniales en Cataluña

Las capitulaciones matrimoniales sirven (aunque no exclusivamente) para fijar el régimen económico del matrimonio. En el caso de Cataluña, el régimen matrimonial que se aplica por defecto es el de separación de bienes, al contrario de lo que ocurre en prácticamente el resto de España, donde se aplica el régimen de gananciales salvo que se pacte lo contrario. Más allá de la elección del régimen económico, se puede adaptar el acuerdo a lo que las partes deseen. Por ejemplo, pueden incluirse donaciones de los padres de la pareja a éstos o pactos en previsión de crisis de matrimonio. Estos son los casos más habituales, más allá de la mera elección del régimen matrimonial:

- Pactos de liquidación

Se trata de adelantarse a una posible ruptura y fijar patosde liquidación o reparto de los bienes comunes.

- Determinación de si un bien es ganancial o privativo

Se trata de señalar claramente si un bien adquirido o del que ya dispongan pertenece a la pareja o a una sola de las partes, para evitar dudas en el futuro.

- Regular el régimen de custodia de los hijos en común

Se trata de pactar los requisitos en base a los cuáles la custodia iría en favor de uno u otro cónyuge, aunque no es válido pactar de antemano cómo se distribuiría la custodia. Esta decisión dependerá del momento y tendrá que validarla o tomarla (en función de si hay o no acuerdo entre las partes) un juez. Lo que procede es que, si los hijos comunes son menores de edad, el interés del menor prime sobre cualquier pacto alcanzado, por lo que lo estipulado en este sentido puede quedar sin efecto si el juez así lo considera. Con todo, sigue siendo un instrumento muy útil. Si el juez considera que el sistema de custodia ideado no es el que más conviene a los menores, podrá modificarlo. Te puede interesar: Custodia compartida en caso de separación o divorcio.

- Prestación compensatoria

Un pacto muy habitual suele ser una prestación compensatoria para uno de los cónyuges, en caso de separación o divorcio, así como las condiciones para que ésta se dé o quede sin efecto. Cabe recordar que la pensión compensatoria es aquélla que recibe el cónyuge, por parte del otro cónyuge, al que la separación o el divorcio le haya producido una situación de desequilibrio económico en relación con la posición del otro, es decir, que económicamente su situación ha empeorado respecto a la que tenía durante el matrimonio.

¿Cuánto cuestan las capitulaciones matrimoniales y cómo se tramitan?

El coste de la escritura de capitulaciones se sitúa en torno a los 60 euros, y se realiza ante notario, quedando recogidas en un documento público, pero es necesario contar con el asesoramiento previo de un abogado. Además, puedes cambiar el régimen económico del matrimonio tantas veces como quieras, aunque lo habitual no es llevar a cabo cambios de este tipo más de una vez. Es importante saber que sólo realizando una escritura pública de capitulaciones matrimoniales ante notario es posible cambiar de régimen económico. Además, puede hacerse en cualquier momento, no necesariamente de la mano de la boda. Si no te decidiste a hacerlo en un primer momento, siempre hay tiempo para dar el paso más adelante. Eso sí, es imprescindible que ambas partes estén de acuerdo en llevar a cabo el cambio.

Es importante tener en cuenta que, si firmas tus capitulaciones matrimoniales antes del matrimonio, éste deberá celebrarse antes de un año desde la firma de la escritura pública de capitulaciones, y el régimen económico elegido entrará en vigor tras el matrimonio. Si no se contrae matrimonio en ese plazo, el pacto quedará sin efecto.

       

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